¿Qué son los Adeudos y Mandatos SEPA?
Para explicar lo que son los adeudos y mandatos SEPA, debemos comenzar por explicar qué es SEPA.
SEPA (del inglés, Single Euro Payments Area) es la Zona Única de Pagos en Euros, un proyecto de la Unión Europea que facilita la gestión de pagos y cobros en euros.
Esta iniciativa, que comenzó entre estados miembros pero a la que ya se han unido países limítrofes, recoge un conjunto de reglas que determinan cómo se envía la información de cobros y pagos, qué información es necesaria y qué plazos cumplir. Cualquier banco que intervenga en la red SEPA debe cumplir estas reglas. Además, estas iniciativa está en constante actualización, ya que aproximadamente una vez al año sufre modificaciones.
Ahora que ya te hemos explicado brevemente en qué consiste SEPA, podemos adentrarnos en lo que son los adeudos directos SEPA.
Adeudos directos SEPA
¿Alguna vez has tenido un recibo o domiciliación en tu cuenta? Así es como se ha conocido tradicionalmente a los adeudos directos. Seguro que has tenido más de uno, ya que en España se procesan 2400 millones de adeudos cada año. Esto son 4,4 adeudos al mes por habitante. Básicamente, un adeudo directo es un cargo que se procesa en la cuenta del deudor por parte del acreedor. Es decir, alguien paga por un producto o servicio prestado a una empresa o entidad.
Cualquier cargo realizado dentro de la zona SEPA, siempre y cuando sea en euros, ha de cumplir todos los requerimientos de esta normativa, siguiendo un proceso predefinido y aplicable a todos los bancos, si bien es cierto que cada banco y esquema tienen unas especificaciones propias.
Mandatos SEPA
Entonces, ¿qué es un mandato SEPA? Un mandato es una autorización, firmada por el deudor, que permite al acreedor realizar cargos en su cuenta. La firma del mandato es obligatoria para poder realizar cargos en la cuenta del cliente, pero este proceso ha de hacerse una única vez, y además puede firmarse digitalmente.
De esta forma, el mandato permite no solo recoger la información del cliente, sino también informar a este claramente de sus derechos. Si ambas condiciones no se cumplen, el mandato podrá ser declarado inválido.
El mandato siempre ha de contener:
- Información del acreedor: nombre, identificador del acreedor dentro del esquema SEPA.
- Información del deudor: nombre y domicilio, IBAN y BIC de su cuenta, firma del deudor.
- Información propia del mandato: referencia única del mandato, fecha de firma, esquema o tipo de pago (CORE o B2B).
Además, el mandato deberá también incluir observaciones que indiquen al cliente que:
- Es un mandato para realizar adeudos directos SEPA (tanto en el título como en la separación de otros documentos)
- Se trata de una autorización que permitirá recibir cobros, así como los derechos de reembolso de los mismos.
Cuando trabajas con un volumen elevado de cobros recurrentes, puedes llegar a perder mucho tiempo en la gestión de incidencias, conciliación bancaria, etc. además de tener que lidiar con la habitual burocracia innecesaria de los bancos.
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Además, te permite firmar los adeudos mediante firma digital, lo cual simplifica y acelera aún más el proceso mientras cumples con todas las regulaciones actuales.
Preguntas Frecuentes acerca de los Adeudos y Mandatos SEPA
¿Qué es un mandato?
El mandato, también conocido como orden de domiciliación, es el documento mediante el cual una persona autoriza a un acreedor a:
- (a) iniciar los cobros cargando el importe en la cuenta bancaria del deudor, y
- (b) permitir que la entidad bancaria del deudor procese esos cobros a favor del acreedor.
Este documento debe estar firmado por el titular de la cuenta o por alguien autorizado antes de que se realicen los cobros. El acreedor está obligado a conservar el mandato firmado mientras esté vigente, durante el plazo en el que se puedan solicitar devoluciones y durante el tiempo que indique la legislación para conservar documentación, incluso después de cancelarse.
¿Qué es el mandato de adeudo directo SEPA?
Es un documento mediante el cual el deudor autoriza al acreedor a cobrar pagos directamente desde su cuenta bancaria.
Incluye datos como el IBAN, nombre del deudor, identificador del acreedor y tipo de pago.
Debe estar firmado por el deudor y almacenado por el acreedor mientras esté en vigor.
Este mandato es obligatorio para realizar adeudos bajo el esquema SEPA.
¿Qué es la orden de domiciliación o mandato para adeudos directos SEPA?
Es la autorización firmada por el deudor que permite al acreedor realizar cargos en su cuenta bancaria.
Funciona como base legal para ejecutar pagos automáticos bajo el sistema SEPA.
Debe conservarse durante su vigencia y según los plazos legales tras su cancelación.
La orden puede ser en papel o digital y debe cumplir con requisitos específicos del esquema SEPA.
¿Qué es la referencia única del mandato?
Es un código específico que el acreedor asigna a cada mandato para identificar los cobros vinculados a él. Sirve para diferenciar una orden de domiciliación de otra y debe ser exclusivo para cada caso. Este identificador es un código alfanumérico de hasta 35 caracteres.
¿Qué significa desmaterializar un mandato?
Desmaterializar un mandato implica convertir los datos de un mandato firmado en papel a un formato digital, eliminando así la necesidad de conservar el documento físico.
¿Es obligatorio mantener la misma referencia del mandato al pasar a SEPA?
Sí, en el caso de mandatos ya existentes antes de migrar al sistema SEPA, es necesario conservar la misma referencia única. Esta debe adaptarse al formato exigido por SEPA. Las directrices para esta conversión están recogidas en el documento Migración de adeudos domiciliados españoles.
¿Qué formato de mandato es válido en SEPA?
Para que una orden de domiciliación sea válida en el sistema SEPA, el mandato debe incluir ciertos datos esenciales: la referencia única del mandato, los datos personales y dirección del deudor, el IBAN (y el BIC si es necesario), así como el nombre e identificador del acreedor. También debe especificarse el tipo de pago, la fecha de firma y contener la firma del deudor. Además, debe indicarse de forma expresa que se trata de un mandato para adeudo directo SEPA. El formato visual del mandato puede variar, siempre que contenga esta información obligatoria.
En España, se ha revisado y actualizado el folleto 50 de las normas bancarias para incorporar una orden de domiciliación adaptada al sistema SEPA. Esta nueva versión contempla tanto la modalidad básica como la B2B, y establece un formato abreviado que incluye los datos mínimos necesarios para emitir adeudos en ambas versiones del esquema SEPA.
¿Un mandato puede caducar?
Sí, un mandato SEPA puede caducar. Si un acreedor no realiza ningún cargo utilizando ese mandato durante 36 meses consecutivos (contando desde el último cobro, ya sea aceptado, devuelto o rechazado), se considera que el mandato ha expirado. Una vez caducado, no se pueden hacer más cobros con él y será necesario que el acreedor obtenga un nuevo mandato firmado por el deudor para poder continuar realizando adeudos.
¿Cuál es la duración de validez de un mandato SEPA?
Un mandato SEPA, que recoge el consentimiento del deudor para autorizar los cobros, seguirá siendo válido mientras no se revoque expresamente por parte del propio deudor o del acreedor. Sin embargo, si el acreedor no realiza ningún cobro durante un periodo de 36 meses consecutivos —contando desde la fecha del último adeudo, haya sido este aceptado, rechazado, devuelto o reembolsado—, ese mandato se considera caducado. En ese caso, no se podrán hacer más cargos con ese documento, y será necesario emitir un nuevo mandato para seguir cobrando.
¿Qué tipos de adeudo directo SEPA existen?
Dentro del sistema SEPA, existen dos tipos principales de adeudo directo: el básico (CORE), que está disponible para consumidores, empresas y autónomos, y el B2B, diseñado exclusivamente para operaciones entre empresas o profesionales. Es importante saber que si una entidad financiera ofrece servicios de adeudo directo, debe obligatoriamente estar adherida al esquema CORE, mientras que el uso del esquema B2B es opcional.
Las entidades adheridas a cada modalidad se pueden consultar en el registro oficial y gratuito del EPC.
¿En qué consiste el adeudo directo SEPA básico (CORE)?
Es una herramienta que permite a una empresa o autónomo realizar cobros en euros directamente desde la cuenta bancaria del cliente, ya sea este un particular, una empresa o un profesional. Sus características específicas están descritas en el documento técnico correspondiente.
¿Qué es el adeudo directo SEPA B2B?
Este tipo de adeudo permite hacer cobros entre empresas o autónomos, es decir, entre partes que no son consumidores finales. A diferencia del CORE, el B2B tiene un plazo de devolución más corto, lo que lo hace más ágil para operaciones empresariales. Las condiciones detalladas están disponibles en su ficha técnica.
¿Se pueden emitir adeudos B2B a autónomos?
Sí, los adeudos SEPA B2B pueden utilizarse para cobrar a autónomos siempre que actúen como profesionales o empresarios, y no como consumidores. Es decir, deben estar ejerciendo una actividad económica de forma habitual.
¿En qué se diferencian los esquemas de adeudo directo Core y B2B?
El esquema Core puede utilizarse sin restricciones, tanto si el pagador es un consumidor como si es una empresa o autónomo. En cambio, el esquema B2B solo se aplica entre empresas o profesionales (no consumidores) y, además, no permite al deudor solicitar la devolución del importe en caso de que el cobro haya sido autorizado.
¿Qué significa el esquema COR1?
COR1 es una variante del adeudo directo SEPA básico que algunas entidades ofrecen de forma opcional. Esta modalidad permite reducir los plazos de presentación de los cobros, haciéndolos más parecidos a los tiempos que se manejaban en las domiciliaciones tradicionales en España. En general, las entidades españolas suelen ofrecer esta opción a sus clientes.
¿El COR1 también se aplica al esquema B2B?
No. El COR1 solo afecta al esquema básico. El B2B ya contempla plazos reducidos por defecto: permite presentar los cobros con al menos tres días de antelación y no exige distinción entre la primera operación y las siguientes, incluso si se trata de un cobro único.
¿Las normas de migración a SEPA afectan igual al B2B?
No, las reglas de migración se aplican únicamente a los adeudos que se trasladan al esquema básico (Core). El B2B queda fuera de ese plan.