Adapta tu negocio al reglamento Veri*Factu con nuestra solución

DIsponible para cualquier sistema o erp

Genera facturas verificables y envíalas en tiempo real a la Agencia Tributaria desde tu ERP

Cumple con el reglamento Veri*Factu sin complicaciones, independientemente del sistema que utilices. Ya sea que trabajes con Business Central, Navision o con cualquier otro software de facturación, esta normativa está diseñada para integrarse fácilmente con tu plataforma actual, asegurando que puedas enviar la información de tus facturas directamente a la AEAT de manera eficiente y segura. Esto te permitirá cumplir con tus obligaciones fiscales.

Una solución fácil y simple

Con IQ eSign Veri*Factu, automatizas el proceso para cumplir con la normativa de manera eficiente. Esta solución avanzada garantiza una adaptación rápida y sencilla. Al implementarla, reducirás los errores manuales, ahorrarás tiempo en la gestión de facturas y mejorarás la seguridad y precisión de tus transacciones fiscales. Además, ofrece mayor transparencia y control sobre tus procesos de facturación. Así es como funciona:

PASO 1

Genera un registro de facturación cada vez que se expide una factura.

PASO 2

Genera lasfacturas en XML firmadas electrónicamente y las remite a la Agencia Tributaria.

PASO 3

Devuelve las facturas en PDF incluyendo el código QR identificativo.

PASO 4

Encadena los registros mediante huellas de contenido.

Prepárate para Veri*Factu a tiempo

Si tu empresa ya utiliza un ERP o software de facturación y necesita adaptarse al reglamento, IQ eSign Veri*Factu se integra perfectamente con cualquier tipo de sistema. Ya sea que utilices Business Central, Navision u otro software, esta solución garantiza una adaptación sin problemas a las nuevas normativas.

Ahorra recursos

Integra nuestra solución y ahorra tiempo, formación del equipo y costes asociados a desarrollar Veri*Factu desde cero.

Sin cambios de sistema

Trabaja con el mismo software y de la misma manera. Nuestra solución se integra para ahorrarte una compleja migración.

Soporte especializado

Formamos a tu equipo de IT para que puedan realizar la implantación o la realizamos por vosotros.

Entorno de pruebas

Puedes empezar a probar de trabajar y ver cómo funciona desde ya en un entorno de pruebas.

Veri*Factu será obligatorio a partir del 1 de julio de 2025

Todas las empresas deberán adherirse al sistema Veri*Factu en menos de 1 año, excepto las acogidas al SII y TicketBAI o Batuz. Evita sustos de última hora y sanciones con IQ eSign Veri*Factu.

¿Por qué integrar IQ eSign Veri*Factu en tu ERP?

  • Puedes tardar meses en desarrollar o adaptarte a un nuevo sistema. Evita contratiempos y facilita el día a día adaptando el software con el que ya trabajas.
  • Formamos a tu equipo de IT para que pueda realizar la integración sin problemas. Si no dispones de equipo técnico, realizamos la integración por vosotros.

Grandes profesionales dedicados e implicados en la ejecución de sus proyectos.
Buenos productos y perfectamente integrables.
Trabajar con InnoQubit es sinónimo de excelencia y buen hacer.

Jorge Aubry

Conasa

Eficiencia

El tiempo de adaptación es ajustado y contar con una solución preparada e integrable te ayudará a hacer la transición más fluida y eficiente.

Cumplimiento

Cumple con los requisitos de reporte fiscal en todo momento, asegurando el cumplimiento normativo y la seguridad del proceso.

Facilidades

La implantación de IQ eSign Veri*Factu en cualquiera de sus formatos es rápida y dispondrás del soporte que necesites.

Preguntas frecuentes

El reglamento Veri*Factu requiere que tanto las empresas como los programas de software puedan transmitir la información de las facturas directamente a la AEAT.

Esta medida permite a las organizaciones cumplir con sus responsabilidades fiscales de manera más eficiente, segura y simple, además de ayudar a prevenir el fraude fiscal.

  • Genera un registro de facturación al expedir cada factura.
  • Remite los registros en XML a la Administración tributaria.
  • Obtén un código QR en tus facturas para poder cotejarla en la AEAT y descárgalas en formato PDF desde el ERP.
  • Encadena los registros generados mediante huellas del contenido.

Ofrecemos dos opciones dependiendo de tu sistema:

  • IQ eSign Veri*Factu BC/NAV: las versiones soportadas son NAV 2013R2 en adelante y Business Central (Cloud y On Premise)
  • IQ eSign Veri*Factu API: Disponible para versiones anteriores a NAV 2013R2 y cualquier otro software o erp.

El sistema Veri*Factu afecta a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del IRPF que desarrollen actividades económicas. Canarias, Ceuta y Melilla están incluidos en este proyecto, cuya implantación será similar al resto de España.

En los territorios forales, VeriFactu coexistirá con los sistemas propios de las haciendas forales (TicketBai) y se utilizará uno u otro según el lugar de tributación.

Las empresas que utilizan el SII no están obligadas a VeriFactu, ya que se asume que cumplen con la normativa. Sin embargo, el software debe cumplir con todas las especificaciones del real decreto y estar preparado para el envío, igual que si no usaran el SII.

El envío inmediato de las facturas a la AEAT es voluntario. Si el contribuyente decide no enviarlas, el software debe tener la capacidad de hacerlo. Si no se envían voluntariamente, deberán enviarse cuando la AEAT lo solicite.

No hay una ayuda fiscal especifica, más allá de la deducibilidad de las inversiones, amortizaciones, etc. 

No, una vez enviadas las facturas a Verifactu AEAT no se permite la modificación o eliminación de las facturas definitivas.

Las normas de facturación permanecen invariables. Cuando se está configurando o preparando un borrador de factura, cualquier error cometido está fuera del ámbito de la facturación propiamente dicha. Una vez que se ha emitido la factura, no se puede modificar el documento original.

Si se comete un error humano después de emitir la factura, será necesario emitir una factura rectificativa adicional en el registro, que también debe comunicarse a la AEAT. Este procedimiento sigue el mismo criterio que aplicamos actualmente en los libros registro.

Sí, las empresas del sector público están afectadas por el proyecto de orden y, por lo tanto, deberán remitir las facturas a la AEAT según lo establecido.

En 2024 los software de facturación deberán estar preparados para cumplir con los requisitos del reglamento Veri*Factu y la Ley Antifraude a partir de octubre de 2024.

En 2025 las empresas deberán estar preparadas para la presentación del Veri*Factu a partir del 1 de julio del 2025. Excepto si tu empresa está adherida al SII o si reside en alguno de los territorios forales.

Integrar ahora IQ eSign Veri*Factu antes de que sea obligatorio ofrece ventajas clave:

  1. Cumplimiento anticipado: Te prepara con tiempo para cumplir con las futuras regulaciones sin prisas.
  2. Transición fluida: Permite resolver cualquier ajuste necesario de manera anticipada, evitando interrupciones en tus operaciones.
  3. Ventaja competitiva: Demuestra compromiso proactivo y destaca frente a la competencia.
  4. Eficiencia mejorada: Optimiza tus procesos de facturación y asegura una transmisión de datos más eficiente y segura a la AEAT.
  5. Seguridad y prevención: Comienza a beneficiarte de medidas de seguridad mejoradas y contribuye desde ahora a la prevención del fraude fiscal.

La factura electrónica es un documento digital con validez legal y fiscal en España. Debe cumplir con los estándares de la Agencia Tributaria (como Facturae) y llevar una firma electrónica avanzada. Y Veri*Factu es un sistema de la Agencia Tributaria para verificar y autenticar facturas electrónicas, asegurando su integridad y cumplimiento normativo. Las principales diferencias son:

  • Factura Electrónica: Es el documento digital en sí mismo.
  • Verifactu: Es el sistema de verificación y autenticación de esas facturas.

La entidad que desarrolla el sistema Verifactu informático deberá proporcionar a sus clientes y comercializadores una declaración responsable, certificando que el sistema cumple con el reglamento y las especificaciones aprobadas por Orden ministerial.

Sí, en España es obligatorio tener un certificado electrónico para el envío de facturas electrónicas. El certificado electrónico garantiza la autenticidad del emisor y la integridad del contenido de la factura, cumpliendo con los requisitos legales y fiscales establecidos por la Agencia Tributaria.

Este certificado electrónico se utiliza para firmar digitalmente las facturas, asegurando que no han sido alteradas y que proceden de una fuente legítima. Sin esta firma electrónica avanzada, las facturas electrónicas no serían válidas legalmente.

La obligación también afecta a estas operaciones, dado que todas las empresas sujetas tanto al IRPF como al Impuesto de Sociedades deben incluir estas facturas en sus registros y procesos de facturación ordinaria, sin excepción.

Esto abarca cualquier régimen de IVA, ya sea para facturas exentas, de exportación, o de contribuyentes que solo están obligados por IRPF para sus declaraciones. Todos estos documentos deben ser registrados y enviados con Verifactu AEAT, incluyendo las facturas internacionales.

Sí, las empresas que tributan en estimación objetiva (módulos) también se ven afectadas por el sistema Verifactu, ya que deben cumplir con los requisitos de facturación electrónica y, en su caso, enviar las facturas correspondientes a la AEAT según lo establecido por la normativa vigente.

noticias sobre VERI*FACTU

Visita nuestro blog

empieza ya

¿Te gustaría adaptar tu software con IQ eSign Veri*Factu?

¿Quieres más información?

Si tienes dudas o necesitas más información sobre IQ eSign Veri*Factu, contacta con nosotros, ¡estamos a tu disposición para ayudarte!

    Para enviar el formulario por favor acepta nuestra política de privacidad.

    INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS: En cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos le informamos que el responsable de sus datos personales es INNOQUBIT SOFTWARE SL, y los utilizará con la finalidad de responder a las solicitudes de información recibidas. Este tratamiento está basado en el consentimiento del interesado. No está prevista ninguna cesión de sus datos a terceros. Puede acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos que le asisten sobre protección de datos a través de dpd@innoqubit.com . Puede obtener información adicional sobre protección de datos solicitándola a nuestra organización.